domingo, 31 de enero de 2016
viernes, 29 de enero de 2016
viernes, 22 de enero de 2016
martes, 19 de enero de 2016
URGENTE::: Primer Bono de Atracción a Docentes Nombrados del Tercio Superior será en Junio del 2016
Se modificó el artículo 22 de la ley del presupuesto fiscal 2015 Ley 30281 que aprobaba el pago total del bono a los docentes nombrados el 2015 y que se ubiquen en el tercio superior de acuerdo a su puntaje final. Monto de S/18 000.00 dividido en 3 partes para los meses de diciembre - según dicha ley - el 2016, 2017 y 2018 (S/ 6 000.00 cada año), leamos a la letra lo que decía la ley de presupuesto público emanado para el 2015:
LEY DE PRESUPUESTO
DEL SECTOR PÚBLICO
PARA
EL AÑO FISCAL 2015
....................................................
CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN
LINK (PEGAR EN LA BARRA WEB):
http://evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento-contratacion/wp-content/uploads/sites/9/2015/05/ley_30281_Ppto_Publico_2015.pdf
.... Y AHORA SE MODIFICÓ DICHO ARTÍCULO DE FORMA EXCEPCIONAL ESTE AÑO (COMO ES COSTUMBRE) LEAMOS:
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO
PARA EL AÑO FISCAL 2016, LEY 30372
LINK (PEGAR EN LA BARRA WEB):
http://busquedas.elperuano.com.pe/normaslegales/ley-de-presupuesto-del-sector-publico-para-el-ano-fiscal-201-ley-n-30372-1320266-1/
Es decir.. el primer trimestre del año fiscal. (JUNIO 2016)...
CONCLUSIÓN:
Por disposición complementaria en la ley de presupuesto 2016, pagarán la primera parte (6 mil soles) a los docentes incorporados a la carrera pública magisterial en la primera escala y que se ubiquen en el TERCIO SUPERIOR el mes de JUNIO DEL 2016 por ser el primer trimestre fiscal. La Ley es la Ley.
De nada y likes.
31 consejos para buscar en Google como un experto
Probablemente usas Google muchas veces al día. Pero es posible que todavía uses Google con simplicidad a menos que seas un genio informático. Si el uso actual que le das a Google se limita a solo escribir unas cuantas palabras y cambiar tu búsqueda hasta que encuentras lo que estás buscando, entonces te servirá saber que hay una mejor forma de hacerlo y que no es muy difícil de aprender.
Por otro lado, incluso si eres un genio informático y ya usas Google como un experto, aún así te sugiero marcar este artículo como favorito, el cual contiene consejos de búsqueda para Google. Con este podrás tener los consejos a la mano para esos momentos en los que te vuelves loco por la desesperación de ver a un novato ingresar las mismas palabras de búsqueda una y otra vez en su intento por encontrar algo.
Los siguientes consejos de búsqueda avanzada de Google se basan en mi experiencia y en lo que creo que te puede ser de utilidad. Te recomiendo que leas hasta el final porque hay algunos de muy interesantes como por ejemplo, descubrir las diferencias de nutrientes, grasas y calorías entre dos alimentos, descubre cómo en este post.
Aquí comenzamos con los 31 consejos de Google...
1) Frase explícita
Digamos que buscas contenidos que hablen sobre el inbound marketing. En lugar de simplemente escribir inbound marketing en la barra de búsqueda de Google, es muy probable que obtengas mejores resultados si buscas con "la frase explícita". Para hacer esto, solo escribe la frase de búsqueda entre comillas.
Ejemplo de búsqueda: "inbound marketing"
2) Exclusión de palabras
Digamos que quieres realizar una búsqueda para encontrar contenido que hable sobre el inbound marketing, pero quieres excluir cualquier resultado que contenga el término «publicidad». Para lograrlo, solo coloca el signo - antes de la palabra que quieres excluir.
Ejemplo de búsqueda: inbound marketing - publicidad
3) Esto O aquello
De forma predeterminada, cuando realizas una búsqueda, Google incluirá todos los términos que has especificado en la misma. Si buscas uno a uno o más términos que coincidan, entonces puedes utilizar la operación OR. (Nota: la operación OR tiene que ir en mayúsculas y en inglés).
Ejemplo de búsqueda: inbound marketing OR publicidad
4) Palabras en el texto
Si quieres encontrar una página en la que todos los términos que estás buscando aparezcan en el texto de la misma (pero no necesariamente juntos), escribe allintext: seguido de las palabras o frases que buscas.
Ejemplo de búsqueda: allintext:vermont alquilar casa para esquiar
5) Palabras en el texto + título, URL, etcétera.
Si quieres encontrar una página web donde un término aparezca en el texto de esa página y otro se encuentre en algún otro lugar de la página, como el título o URL, entonces escribe la primera palabra, después coloca intext: seguido de la segunda palabra.
Ejemplo de búsqueda: neil diamond intext:medias rojas
6) Palabras en el título
¿Quieres encontrar una página web con ciertas palabras en el título (pero que no necesariamente estén juntas)? Escribe allintitle: seguido de las palabras o frases que quieras.
Ejemplo de búsqueda: allintitle:club vinícola
7) Palabras en el título + texto, URL, etcétera.
¿Quieres encontrar una página web donde un término aparezca en el título de esa página y otro término esté en algún otro lugar del mismo sitio, como en el contenido o en la URL? Escribe el primer término seguido de intitle: y el otro término.
Ejemplo de búsqueda: vacuna antigripal intitle:consejo
8) Palabras en la URL
Si quieres encontrar páginas que tengan tu consulta en la URL, escribe allinurl: seguido de la consulta de tu búsqueda.
Ejemplo de búsqueda: allinurl:hubspot blog
9) Cómo buscar en un sitio web
A menudo queremos buscar un contenido en un sitio web que coincida con cierta frase en específico. Aunque el sitio no admita una función integrada de búsqueda, puedes utilizar Google para buscar el término que quieres encontrar en el sitio. Utiliza el modificadorsite:somesite.com
Ejemplo de búsqueda: site:www.smallbusinesshub.com "inbound marketing"
10) Búsqueda relacionada
Si quieres encontrar nuevos sitios web con contenido similar a otro que ya conoces, utiliza el modificador related:unapaginaweb.com.
Ejemplo de búsqueda: related:hubspot.es
11) Una página que enlace a otra
Digamos que quieres buscar todos los sitios web que citen artículos de BuzzFeed en sus sitios. Para ello, utiliza el comando link: seguido del nombre de una página. Google te proporcionará todas las páginas que están enlazadas al sitio web oficial de BuzzFeed. Cuanto más específica sea la URL, obtendrás mejores resultados.
Ejemplo de búsqueda: link:buzzfeed
12) Palabras similares y sinónimos
Digamos que quieres incluir una palabra en tu búsqueda, pero también quieres añadir resultados que contengan palabras similares o sinónimos. Para ello, utiliza el símbolo de ~ frente a la palabra.
Ejemplo de búsqueda: "inbound marketing" ~profesional
13) Definiciones de palabras
Si necesitas buscar rápidamente la definición de una palabra o frase, solo utiliza el comando define:. Puedes escuchar la pronunciación de la palabra al hacer clic en el ícono del megáfono.
Ejemplo de búsqueda: definir:puerta
14) Palabras faltantes
¿Alguna vez has olvidado una palabra o dos de una frase en específico, de la letra de una canción, cita de una película o algo más? Puedes utilizar el asterisco * como un comodín, el cual te puede ayudar a encontrar la palabra o frase faltante.
Ejemplo de búsqueda: mucho * y pocas nueces
15) Noticias de una ubicación específica
Si buscas noticias relacionadas con un lugar específico, puedes utilizar el comando de location: para buscar historias en Google News que provengan de esa ubicación.
Ejemplo de búsqueda: star wars location:mexico
16) Tipos específicos de documentos
Si quieres encontrar resultados que sean de un tipo en específico, puedes utilizar el modificador filetype:. Por ejemplo, digamos que quieres encontrar solo presentaciones de PowerPoint que estén relacionadas con el inbound marketing.
Ejemplo de búsqueda: "inbound marketing" filetype:ppt
17) Traducciones
¿Quieres traducir una simple palabra o frase de un idioma a otro? No necesitas ir a un sitio web de traducción. Solo busca translate [palabra] to [idioma].
Ejemplo de búsqueda: translate door to spanish
18) Listas telefónicas
Digamos que alguien te habla a tu teléfono móvil y no sabes quién es. Si todo lo que tienes es su número de teléfono, puedes buscarlo en Google utilizando la función de directorio.
Ejemplo de búsqueda: phonebook:617-555-1212
(Nota: El número en este ejemplo no funciona. Tendrás que usar un número real para obtener resultados reales).
19) Búsqueda por código de área
Si todo lo que necesitas hacer es ver el código de área de un número de teléfono, solo ingresa el código de tres dígitos del área y Google te dirá de dónde es.
Ejemplo de búsqueda: 617
20) Búsqueda por código postal
Si necesitas buscar el código postal de una dirección, solo ingresa el resto de la dirección en la búsqueda, incluyendo el nombre de la ciudad, estado, provincia o país. La búsqueda arrojará resultados con un código postal (si corresponde).
Ejemplo de búsqueda: 25 First Street, Cambridge, MA
21) Gamas numéricas
Estas rara vez se utilizan, pero son muy útiles. Digamos que quieres encontrar resultados que contengan cualquier gama de números. Puedes hacerlo al utilizar el modificador X..Y (en caso de que esto sea difícil de leer, entre la X y la Y hay dos puntos). Este tipo de búsqueda es útil para los años (como se muestra a continuación), precios o cualquier lugar en el que quieras proporcionar una serie de números.
Ejemplo de búsqueda: presidente 1940..1950
22) Acciones - símbolo bursátil
Solo introduce un símbolo bursátil cuando realices tu búsqueda y Google te proporcionará el estado financiero actual y un gráfico en miniatura de las acciones.
Ejemplo de búsqueda: GOOG
23) Calculadora
La próxima vez que necesites hacer un cálculo rápido, en lugar de abrir el Calculator applet, puedes escribir la operación en Google.
Ejemplo de búsqueda: 48512 * 1.02
24) Calculadora de propinas
Al igual que una calculadora normal, Google tiene una calculadora de propinas. Solo busca tip calculator y podrás ajustar la cantidad de la cuenta, el porcentaje de la propina y el número de personas entre las que se repartirán el total.
Búsqueda ejemplo: tip calculator
25) Temporizador
¿No tienes un temporizador práctico? Google te respalda. Solo ingresa una cantidad de tiempo + la palabra «timer» y la cuenta regresiva comenzará automáticamente.
Ejemplo de búsqueda: 20 min timer
26) Cronómetro
Busca «stopwatch» y aparecerá un cronómetro en Google que comenzará cuando estés listo.
Ejemplo de búsqueda: stopwatch
27) Clima
La próxima vez que busques las estadísticas del clima o el pronóstico de cierta área, busca la palabra tiempo seguida por una ubicación. Google te proporcionará la información de ambos antes del primer resultado de búsqueda.
Ejemplo de búsqueda: tiempo barcelona
28) El tiempo del alba y el ocaso
Si tienes curiosidad por saber cuándo saldrá el sol y a qué hora anochecerá durante ese día en una ubicación específica, realiza una búsqueda sencilla en Google con la palabra sunrise osunset con el nombre de la ubicación.
Ejemplo de búsqueda: sunrise santiago
29) Estados de los vuelos
Si escribes el nombre de la aerolínea y el número del vuelo en Google, este te proporcionará la información del vuelo, su estado y otra información útil.
Ejemplo de búsqueda: BA 181
30) Resultados y horarios de eventos deportivos
¿Quieres saber cuáles son los últimos resultados y futuros horarios de los eventos deportivos de tus equipos favoritos o partidos? Buscar el nombre de uno o dos equipos y Google utilizará Google Sports para proporcionarte los resultados y horarios antes del primer resultado de búsqueda.
Ejemplo de búsqueda: futbol club barcelona
31) Comparar alimentos
Aunque no lo creas, si alguna vez te ha dado curiosidad por comparar dos tipos de comida genérica, puedes realizar una búsqueda en Google para ver cuáles son sus diferencias en calorías, grasa, proteína, colesterol, sodio, potasio y otros nutrientes.
Ejemplo de la búsqueda: pizza vs broccoli
¿Cuáles son tus consejos de búsqueda favoritos? Si hay algo que me haya saltado, compártelo en los comentarios.
Nota del editor: este post se publicó originalmente por Dharmesh Shah en marzo del 2007 y se ha actualizado y traducido para que tenga frescura, sea más preciso y abarque más información.
viernes, 1 de enero de 2016
OFICIO MÚLTIPLE MINEDU - Vacaciones truncas a profesores contratados
SEGÚN OFICIO MÚLTIPLE N° 049-2015 -MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN - Implementación SUP , Estos son los ejemplos de pagos de vacaciones truncas para docentes contratados 2015 en EBR. (EL TOTAL DEL PAGO SE DIVIDE EN DOS PARTES PARA ENERO Y FEBRERO DEL 2016, ZONA URBANA)
Ministerio de Educación
Despacho Viceministerial de Gestión Institucional
Dirección General de Desarrollo Docente
Dirección Técnicao Normativo de Docentes
"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 - 2016"
Lima, 22 DIC. 2015
OFICIO MÚLTIPLE N° 049-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN
Señores:
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente,-
ASUNTO:
Implementación SUP - Vacaciones truncas a profesores contratados
REFERENCIA:
Ley N° 30328 - D. S. N° 226-2015-EF
De nuestra mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, para manifestarle que en el marco de los dispositivos de la referencia se establecen el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y vacaciones truncas a otorgarse al profesor contratado en el marco del Contrato del Servicio Docente.
El articulo 5 de la Ley N° 30328 señala que la citada ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y se implementa a partir de la vigencia del decreto supremo a que se refiere el articulo 2 de la presente Ley (el subrayado es nuestro).
Asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ley, establece que los contratos del profesorado de las instituciones educativas públicas de educación básica y educación técnico productiva vigentes, se adecúan a lo dispuesto en la presente ley (el subrayado es nuestro).
El artículo 7 del Decreto Supremo N° 226-2015-EF, respecto a las vacaciones truncas para el profesor contratado establece "Al finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto que le corresponde percibir por dicho concepto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato La fracción igual o mayor a 15 (quince) días de contrato se computa como un mes de servicio efectivo. El otorgamiento de este concepto no genera ni otorga continuidad al vínculo laboral del profesor contratado, el cual culminará como máximo al final del periodo fiscal".
En virtud a la normativa señalada en los párrafos precedentes, desde el 01 de agosto del 2015. los profesores contratados perciben nuevas remuneraciones mensuales y bonificaciones por condiciones especiales de servicio (unidocente, multigrado, rural, bilingüe, frontera).
De acuerdo a lo señalado, se ha implementado en el Sistema Único de Planillas - SUP el pago de vacaciones truncas a los profesores contratados de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, según se detalla:
1. Los profesores contratados: T_Servidor 2: Docente Contratado y Régimen Laboral 12: Ley N° 30328 en los niveles 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, V y W, percibirán en los meses de enero y febrero sus vacaciones truncas (afectas y no afectas, de ser el caso).
2. Las vacaciones truncas afectas (haber 248) del profesor contratado está conformado por la remuneración mensual, (haber 150), la cual se encuentran afectas a cargas sociales en un 65%.
3. Las vacaciones truncas no afectas (haber 249) del profesor contratado está conformado por la suma de las bonificaciones por condiciones especiales de servicio, que podría haber estado percibiendo (haber 234: unidocente, haber 235: multigrado, haber 236: bilingüe, haber 237: bilingüe acreditado, haber 238: rural 1. haber 239: rural 2. haber 240: rural 3. haber 241: frontera y haber 203: VRAEM).
4. El pago de las vacaciones truncas se efectúa según lo establecido en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 226-2015-EF. por lo tanto el responsable de planillas de la entidad a su cargo, en los meses de enero y febrero debe validar a través del Sistema Único de Planillas - SUP los meses trabajados (el año anterior) en el campo "N° Décimas" (vacaciones truncas), teniendo en cuenta lo siguiente:
5. El derecho a percibir las vacaciones truncas las adquiere el profesor contratado siempre y cuando:
a) La vigencia de su contrato haya sido continuo (de marzo a diciembre), o
b) Su vínculo laboral se haya iniciado a partir del 01 de agosto del 2015, o
c) Su vínculo laboral se haya iniciado entre marzo y julio del 2015 y concluido después del 15 de agosto del 2015 hacia adelante.
6. El pago de las vacaciones truncas se procesará de manera automática por el Sistema Único de Planillas - SUP en virtud a la información registrada por el responsable de planillas de su entidad, teniendo en consideración lo señalado en los numerales 4 y 5 del presente documento, tomando como referencia el registro habilitado del docente al mes de diciembre. En caso el registro del profesor se encuentre de baja y tenga el derecho a percibir las vacaciones truncas, es responsabilidad del técnico de planillas ingresar este pago de manera manual (importe en S/.) en los haberes citados en el numeral 2 y 3 del presente documento, los cuales serán habilitados exclusivamente para los meses de enero y febrero.
7. El pago de las vacaciones truncas es proporcional a los meses laborados y horas trabajadas (contratos iguales o mayores a 4 horas) Las horas adicionales no son base de cálculo para determinar las vacaciones truncas de los profesores contratados Las resoluciones para efectos de pago no generan el derecho al pago de vacaciones truncas.
8. Para el pago de las vacaciones truncas para el 2016, sírvase tener en cuenta:
a) No corresponde el pago de vacaciones truncas para aquellos profesores cuyos contratos hayan sido resueltos (concluidos) a partir o antes del 15 de agosto del 2015.
b) Si el contrato del profesor fue resuelto (concluido) a partir o antes del 15 de agosto del 2015 y posteriormente se le aprueba otro contrato, le corresponde el pago de las vacaciones truncas por el periodo laborado del segundo contrato, así la vigencia de éste haya sido secuencial al primer contrato
9. De manera excepcional, para el caso de los periodos de contrato señalados en el numeral precedente, corresponde al profesor percibir en los meses de enero y febrero del 2016 sus décimas, de manera proporcional a los meses laborados el 2015, teniendo en cuenta la remuneración mensual y asignaciones percibidas en dicho periodo, por lo que el responsable de planillas ingresa este pago al SUP de manera manual, en el haber que corresponde (128 o 129 según sea el caso).
10. Si el profesor es nombrado y contratado a la vez o cuenta con dos contratos, previa verificación de la incompatibilidad horaria y de distancias y cumple las condiciones para percibir las vacaciones truncas, corresponde percibir, para el caso del nombrado su remuneración vacacional (como nombrado) y a la vez sus vacaciones truncas (como profesor contratado) y para el caso del profesor contratado en dos entidades distintas, le corresponde percibir las vacaciones truncas por las dos reparticiones públicas.
11. Para mayor ilustración se detallan algunos ejemplos:
Ejemplo 1.- Profesor de EBR Primaria, contratado desde el 01 de marzo y concluye su contrato a partir del 20 de agosto del 2015, I.E ubicada en zona rural 1 y multigrado.
De marzo al 19 de agosto = 5 meses y 19 días = 6 meses para el cálculo.
Vacaciones Truncas Afectas (6 meses laborados)
RM S/. 1,396.00 / 5 X 6 (meses laborados) = S/. 1.675.20
(dividido entre enero y febrero = S/. 837.60, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Vacaciones Truncas No Afectas (6 meses laborados)
(dividido entre enero y febrero = S/. 384.00. a ser pagado cada mes como vacaciones truncas no afectas)
Ejemplo 2.- Profesor de EBR Primaria, contratado desde el 01 de marzo y concluye su contrato a partir del 15 de agosto del 2015. I.E. ubicada en zona rural 1 y multigrado.
De marzo al 14 de agosto = 5 meses y 14 días = 5 meses para el cálculo.
No corresponde pago de vacaciones truncas, puesto que el periodo para el cálculo es de marzo a julio del 2015, periodo en que no se implementó el pago conforme lo establece el D.S. N° 226.2015-EF.
Sin embargo le corresponde el pago de décimas, teniendo en consideración que su RM vigente era de S/. 1,196.00, percibía el 10% de dicha RM por ser rural o frontera y además percibía SI. 100.00 de incremento - DU 002-2014).
Ejemplo 3.- Profesor de EBR Secundaria (24 horas), contratado desde el 01 de marzo al 30 de julio del 2015 por licencia de titular, luego se contrata al profesor en la misma institución educativa desde el 01 de agosto al 31 de diciembre del 2015, por encargatura de titular. I.E ubicada en zona rural 1 y VRAEM.
De marzo al 30 de julio = 5 meses (culminación de vínculo laboral en que no se implementó el pago conforme lo establece el D. S. N° 226.2015-EF, no corresponde pago de vacaciones truncas por este periodo, sin embargo le corresponde el pago de décimas, teniendo en consideración que su RM vigente era de S/. 1,108 00, percibía el 10% de dicha RM por ser rural o frontera y además percibía S/. 100.00 de incremento - DU 002-2014).
De agosto al 31 de diciembre = 5 meses (inicio de nuevo vínculo laboral)
Vacaciones Truncas Afectas (5 meses laborados)
RM S/. 1,243.92 / 5 X 5 (meses laborados) = S/. 1, 243.92
(dividido entre enero y febrero = S/. 621.96, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Vacaciones Truncas No Afectas (5 meses laborados)
(dividido entre enero y febrero = S/. 400.00, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas no afectas).
Ejemplo 4.- Profesor de EBR Secundaria (24 horas), contratado desde el 01 de marzo al 31 de diciembre del 2015, por encargatura de titular. I.E. ubicada en zona urbana.
De marzo al 31 de diciembre = 10 meses
Vacaciones Truncas Afectas (10 meses laborados)
RM S/. 1,243.92 / 5 X 10 (meses laborados) = S/. 2,487.84
(dividido entre enero y febrero = S/. 1,243.92, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Otras Precisiones
12. Las citadas disposiciones no son de alcance al personal docente de educación superior no universitaria, ni para los tipos de servidores 7 y 8 (Auxiliares de Educación)
13. Las bonificaciones por condiciones especiales de servicio (unidocente, multigrado, rural, bilingüe, frontera y VRAEM) que conforman las vacaciones truncas no afectas del profesor contratado, son aquellas otorgadas hasta el 31 de diciembre, en virtud a los padrones que apruebe el Ministerio de Educación, para el caso de las vacaciones truncas del 2016, se consideran los padrones aprobados con Resolución Ministerial N° 036- 2015-MINEDU y su ampliatoria la Resolución Ministerial N° 428-2015-MINEDU.
En tal sentido, se solicita a su despacho disponga las medidas pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones e implementaciones señaladas.
Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
MIGUEL A. CÁRDENAS HUAYLLASCO
Director (e) Técnico Normativo de Docentes
MACH/EECC
Despacho Viceministerial de Gestión Institucional
Dirección General de Desarrollo Docente
Dirección Técnicao Normativo de Docentes
"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 - 2016"
Lima, 22 DIC. 2015
OFICIO MÚLTIPLE N° 049-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN
Señores:
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente,-
ASUNTO:
Implementación SUP - Vacaciones truncas a profesores contratados
REFERENCIA:
Ley N° 30328 - D. S. N° 226-2015-EF
De nuestra mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, para manifestarle que en el marco de los dispositivos de la referencia se establecen el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y vacaciones truncas a otorgarse al profesor contratado en el marco del Contrato del Servicio Docente.
El articulo 5 de la Ley N° 30328 señala que la citada ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y se implementa a partir de la vigencia del decreto supremo a que se refiere el articulo 2 de la presente Ley (el subrayado es nuestro).
Asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Ley, establece que los contratos del profesorado de las instituciones educativas públicas de educación básica y educación técnico productiva vigentes, se adecúan a lo dispuesto en la presente ley (el subrayado es nuestro).
El artículo 7 del Decreto Supremo N° 226-2015-EF, respecto a las vacaciones truncas para el profesor contratado establece "Al finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto que le corresponde percibir por dicho concepto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato La fracción igual o mayor a 15 (quince) días de contrato se computa como un mes de servicio efectivo. El otorgamiento de este concepto no genera ni otorga continuidad al vínculo laboral del profesor contratado, el cual culminará como máximo al final del periodo fiscal".
En virtud a la normativa señalada en los párrafos precedentes, desde el 01 de agosto del 2015. los profesores contratados perciben nuevas remuneraciones mensuales y bonificaciones por condiciones especiales de servicio (unidocente, multigrado, rural, bilingüe, frontera).
De acuerdo a lo señalado, se ha implementado en el Sistema Único de Planillas - SUP el pago de vacaciones truncas a los profesores contratados de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, según se detalla:
1. Los profesores contratados: T_Servidor 2: Docente Contratado y Régimen Laboral 12: Ley N° 30328 en los niveles 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, V y W, percibirán en los meses de enero y febrero sus vacaciones truncas (afectas y no afectas, de ser el caso).
2. Las vacaciones truncas afectas (haber 248) del profesor contratado está conformado por la remuneración mensual, (haber 150), la cual se encuentran afectas a cargas sociales en un 65%.
3. Las vacaciones truncas no afectas (haber 249) del profesor contratado está conformado por la suma de las bonificaciones por condiciones especiales de servicio, que podría haber estado percibiendo (haber 234: unidocente, haber 235: multigrado, haber 236: bilingüe, haber 237: bilingüe acreditado, haber 238: rural 1. haber 239: rural 2. haber 240: rural 3. haber 241: frontera y haber 203: VRAEM).
4. El pago de las vacaciones truncas se efectúa según lo establecido en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 226-2015-EF. por lo tanto el responsable de planillas de la entidad a su cargo, en los meses de enero y febrero debe validar a través del Sistema Único de Planillas - SUP los meses trabajados (el año anterior) en el campo "N° Décimas" (vacaciones truncas), teniendo en cuenta lo siguiente:
Proporcionalidad | Vigencia del Contrato | A ingresar en el SUP | ||
Meses | De | A | Enero (meses) | Febrero (meses) |
10 | Marzo | Diciembre | 10 | 10 |
9 | Abril | Diciembre | 9 | 9 |
8 | Mayo | Diciembre | 8 | 8 |
7 | Junio | Diciembre | 7 | 7 |
6 | Julio | Diciembre | 6 | 6 |
5 | Agosto | Diciembre | 5 | 5 |
4 | Setiembre | Diciembre | 4 | 4 |
3 | Octubre | Diciembre | 3 | 3 |
2 | Noviembre | Diciembre | 2 | 2 |
1 | Diciembre | Diciembre | 1 | 1 |
5. El derecho a percibir las vacaciones truncas las adquiere el profesor contratado siempre y cuando:
a) La vigencia de su contrato haya sido continuo (de marzo a diciembre), o
b) Su vínculo laboral se haya iniciado a partir del 01 de agosto del 2015, o
c) Su vínculo laboral se haya iniciado entre marzo y julio del 2015 y concluido después del 15 de agosto del 2015 hacia adelante.
6. El pago de las vacaciones truncas se procesará de manera automática por el Sistema Único de Planillas - SUP en virtud a la información registrada por el responsable de planillas de su entidad, teniendo en consideración lo señalado en los numerales 4 y 5 del presente documento, tomando como referencia el registro habilitado del docente al mes de diciembre. En caso el registro del profesor se encuentre de baja y tenga el derecho a percibir las vacaciones truncas, es responsabilidad del técnico de planillas ingresar este pago de manera manual (importe en S/.) en los haberes citados en el numeral 2 y 3 del presente documento, los cuales serán habilitados exclusivamente para los meses de enero y febrero.
7. El pago de las vacaciones truncas es proporcional a los meses laborados y horas trabajadas (contratos iguales o mayores a 4 horas) Las horas adicionales no son base de cálculo para determinar las vacaciones truncas de los profesores contratados Las resoluciones para efectos de pago no generan el derecho al pago de vacaciones truncas.
8. Para el pago de las vacaciones truncas para el 2016, sírvase tener en cuenta:
a) No corresponde el pago de vacaciones truncas para aquellos profesores cuyos contratos hayan sido resueltos (concluidos) a partir o antes del 15 de agosto del 2015.
b) Si el contrato del profesor fue resuelto (concluido) a partir o antes del 15 de agosto del 2015 y posteriormente se le aprueba otro contrato, le corresponde el pago de las vacaciones truncas por el periodo laborado del segundo contrato, así la vigencia de éste haya sido secuencial al primer contrato
9. De manera excepcional, para el caso de los periodos de contrato señalados en el numeral precedente, corresponde al profesor percibir en los meses de enero y febrero del 2016 sus décimas, de manera proporcional a los meses laborados el 2015, teniendo en cuenta la remuneración mensual y asignaciones percibidas en dicho periodo, por lo que el responsable de planillas ingresa este pago al SUP de manera manual, en el haber que corresponde (128 o 129 según sea el caso).
10. Si el profesor es nombrado y contratado a la vez o cuenta con dos contratos, previa verificación de la incompatibilidad horaria y de distancias y cumple las condiciones para percibir las vacaciones truncas, corresponde percibir, para el caso del nombrado su remuneración vacacional (como nombrado) y a la vez sus vacaciones truncas (como profesor contratado) y para el caso del profesor contratado en dos entidades distintas, le corresponde percibir las vacaciones truncas por las dos reparticiones públicas.
11. Para mayor ilustración se detallan algunos ejemplos:
Ejemplo 1.- Profesor de EBR Primaria, contratado desde el 01 de marzo y concluye su contrato a partir del 20 de agosto del 2015, I.E ubicada en zona rural 1 y multigrado.
De marzo al 19 de agosto = 5 meses y 19 días = 6 meses para el cálculo.
Vacaciones Truncas Afectas (6 meses laborados)
RM S/. 1,396.00 / 5 X 6 (meses laborados) = S/. 1.675.20
(dividido entre enero y febrero = S/. 837.60, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Vacaciones Truncas No Afectas (6 meses laborados)
Rural 1 ========= 500.00
Multigrado ====== 140.00
Total ======= S/. 640 00 / 5 x 6 (meses laborados) = S/. 768.00
Multigrado ====== 140.00
Total ======= S/. 640 00 / 5 x 6 (meses laborados) = S/. 768.00
(dividido entre enero y febrero = S/. 384.00. a ser pagado cada mes como vacaciones truncas no afectas)
Ejemplo 2.- Profesor de EBR Primaria, contratado desde el 01 de marzo y concluye su contrato a partir del 15 de agosto del 2015. I.E. ubicada en zona rural 1 y multigrado.
De marzo al 14 de agosto = 5 meses y 14 días = 5 meses para el cálculo.
No corresponde pago de vacaciones truncas, puesto que el periodo para el cálculo es de marzo a julio del 2015, periodo en que no se implementó el pago conforme lo establece el D.S. N° 226.2015-EF.
Sin embargo le corresponde el pago de décimas, teniendo en consideración que su RM vigente era de S/. 1,196.00, percibía el 10% de dicha RM por ser rural o frontera y además percibía SI. 100.00 de incremento - DU 002-2014).
Ejemplo 3.- Profesor de EBR Secundaria (24 horas), contratado desde el 01 de marzo al 30 de julio del 2015 por licencia de titular, luego se contrata al profesor en la misma institución educativa desde el 01 de agosto al 31 de diciembre del 2015, por encargatura de titular. I.E ubicada en zona rural 1 y VRAEM.
De marzo al 30 de julio = 5 meses (culminación de vínculo laboral en que no se implementó el pago conforme lo establece el D. S. N° 226.2015-EF, no corresponde pago de vacaciones truncas por este periodo, sin embargo le corresponde el pago de décimas, teniendo en consideración que su RM vigente era de S/. 1,108 00, percibía el 10% de dicha RM por ser rural o frontera y además percibía S/. 100.00 de incremento - DU 002-2014).
De agosto al 31 de diciembre = 5 meses (inicio de nuevo vínculo laboral)
Vacaciones Truncas Afectas (5 meses laborados)
RM S/. 1,243.92 / 5 X 5 (meses laborados) = S/. 1, 243.92
(dividido entre enero y febrero = S/. 621.96, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Vacaciones Truncas No Afectas (5 meses laborados)
Rural 1 =============== 500.00
VRAEM ================= 300.00
Total ============= S/. 800.00 / 5 x 5 (meses laborados) = S/. 800.00
VRAEM ================= 300.00
Total ============= S/. 800.00 / 5 x 5 (meses laborados) = S/. 800.00
(dividido entre enero y febrero = S/. 400.00, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas no afectas).
Ejemplo 4.- Profesor de EBR Secundaria (24 horas), contratado desde el 01 de marzo al 31 de diciembre del 2015, por encargatura de titular. I.E. ubicada en zona urbana.
De marzo al 31 de diciembre = 10 meses
Vacaciones Truncas Afectas (10 meses laborados)
RM S/. 1,243.92 / 5 X 10 (meses laborados) = S/. 2,487.84
(dividido entre enero y febrero = S/. 1,243.92, a ser pagado cada mes como vacaciones truncas afectas).
Otras Precisiones
12. Las citadas disposiciones no son de alcance al personal docente de educación superior no universitaria, ni para los tipos de servidores 7 y 8 (Auxiliares de Educación)
13. Las bonificaciones por condiciones especiales de servicio (unidocente, multigrado, rural, bilingüe, frontera y VRAEM) que conforman las vacaciones truncas no afectas del profesor contratado, son aquellas otorgadas hasta el 31 de diciembre, en virtud a los padrones que apruebe el Ministerio de Educación, para el caso de las vacaciones truncas del 2016, se consideran los padrones aprobados con Resolución Ministerial N° 036- 2015-MINEDU y su ampliatoria la Resolución Ministerial N° 428-2015-MINEDU.
En tal sentido, se solicita a su despacho disponga las medidas pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones e implementaciones señaladas.
Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.
MIGUEL A. CÁRDENAS HUAYLLASCO
Director (e) Técnico Normativo de Docentes
MACH/EECC
www.vistaeducativa.blogspot.com
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